El procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez, aseguró que siguen corriendo los términos fijados por su despacho para la destitución del alcalde Gustavo Petro, pese a que un magistrado del Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó una detención temporal.
“Los efectos jurídicos de un fallo empiezan a correr a partir del momento de su notificación. Y en el caso que estamos hablando, no se ha notificado y por tanto no se han empezado a producir los efectos jurídicos. Luego, la suspensión es sobre unos efectos que no se han empezado a producir”, señaló.
La declaración fue entregada en una entrevista dada a Caracol Internacional. De acuerdo con la interpretación de Ordóñez, los argumentos con los que fue acogido el estudio de la tutela no dan piso jurídico a la suspensión de los términos legales.
Así las cosas, la fecha límite para que Petro sea destituido por el presidente seguiría siendo el 29 de enero próximo.
“El señor Alcalde dentro de los ocho días siguientes de la decisión puede acudir a la Procuraduría a notificarse personalmente, sino lo hace se hará por edicto que se desfijará el 29 de enero para notificar al señor Presidente”, aseguró.
Ordóñez Maldonado indicó que solo si se produce una decisión judicial que ‘tumbe’ la decisión, no podrá hacer la comunicación al presidente de la República, Juan Manuel Santos.
Por: Colprensa | Bogotá / Foto: El Colombiano
“Los efectos jurídicos de un fallo empiezan a correr a partir del momento de su notificación. Y en el caso que estamos hablando, no se ha notificado y por tanto no se han empezado a producir los efectos jurídicos. Luego, la suspensión es sobre unos efectos que no se han empezado a producir”, señaló.
La declaración fue entregada en una entrevista dada a Caracol Internacional. De acuerdo con la interpretación de Ordóñez, los argumentos con los que fue acogido el estudio de la tutela no dan piso jurídico a la suspensión de los términos legales.
Así las cosas, la fecha límite para que Petro sea destituido por el presidente seguiría siendo el 29 de enero próximo.
“El señor Alcalde dentro de los ocho días siguientes de la decisión puede acudir a la Procuraduría a notificarse personalmente, sino lo hace se hará por edicto que se desfijará el 29 de enero para notificar al señor Presidente”, aseguró.
Ordóñez Maldonado indicó que solo si se produce una decisión judicial que ‘tumbe’ la decisión, no podrá hacer la comunicación al presidente de la República, Juan Manuel Santos.
Por: Colprensa | Bogotá / Foto: El Colombiano
No hay comentarios:
Publicar un comentario